Colpensiones ha negado estas pensiones en un 98% de las veces
Defendemos a todos los trabajadores que laboran en actividades de alto riesgo, aquellas en las cuales la labor desempeñada implica la disminución de la expectativa de vida saludable o la necesidad del retiro de las funciones laborales que ejecuta en su trabajo.
Pensión para Radiólogos
Nuestros abogados están capacitados y tienen experiencia en ganar los casos de pensiones reclamadas a causa de haber realizado trabajos con exposición a radiaciones ionizantes o rayos x, como por ejemplo los radiólogos y otros profesionales de la salud.
Pensión por Alta Temperatura
Tenemos experiencia en ganar casos de pensiones por trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas de salud de salud ocupacional.
Lo que usted debe saber
Las principales 4 ocupaciones cubiertas por alto riesgo históricamente son:
- Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.
- Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles.
- Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.
- Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas.
El Instituto de Seguros Sociales hoy COLPENSIONES ha negado estas pensiones en un 98% de las veces con los siguientes fundamentos:
- Desconocen la calidad de alto riesgo aduciendo: Que la actividad no ha sido clasificada por la subgerencia de salud ocupacional de la entidad de seguridad social.
- No le cotizaron los puntos y/o cotizaciones adicionales.
- Exigen haber cotizado 500 semanas con los puntos adicionales al año 2003.
Desde el año 2006 la jurisprudencia emitida por la Corte Suprema de Justicia a dado respaldo a nuestras posturas y quedado claro:
- Que hay más entidades que clasifican las actividades de alto riesgo, como son las ARL e internamente salud ocupacional, lo que permite que haya neutralidad en la decisión. Aun así el empleador puede certificar la actividad.
- Si trabajó en alguna de las actividades de alto riesgo antes descritas y no le cotizaron los puntos adicionales. No puede ser descargada la obligación al trabajador.
- Si no tenia las 500 semanas al año 2003, fue declarada esta condición físicamente imposible por lo que se puede contabilizar el tiempo trabajado con anterioridad al año 1994, tiempo para el cual no se exigían estas condiciones.
- Todas las normas con respecto a actividades de alto riesgo desde 10090 siguen vigentes.